Ante el aumento de contagios por variante Delta de COVID-19, durante la mañana de este 20 de agosto 2021, el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) anunció que continuarán con las restricciones de viajes no esenciales con México y Canadá.
Esta instrucción será efectiva hasta el próximo el 21 de septiembre 2021, señalaron estar en coordinación con expertos médicos y de salud pública para seguir trabajando en estrecha colaboración con sus socios en los EE.UU. e internacionalmente para determinar cómo reanudar los viajes normales de manera segura y sostenible.
Lee el mensaje completo abajo o haz click aquí:
“Para minimizar la propagación de # COVID19, incluida la variante Delta, Estados Unidos está extendiendo las restricciones a los viajes no esenciales en nuestros cruces terrestres y en ferry con Canadá y México hasta el 21 de septiembre, mientras continúa garantizando el flujo de viajes y comercio esencial”.
-Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos
Los cruces internacionales han permanecido con estas modificaciones, desde el pasado 21 de marzo del año 2020, en donde ambos países cerraron sus fronteras a los “viajes no esenciales”, es decir, aquellos con fines recreativos o turísticos, luego de que se declaró estado de emergencia sanitaria por el coronavirus COVID-19.
Desde que inició la pandemia varios países se unieron a los EE. UU. para cerrar sus fronteras, pero con el lanzamiento de la vacuna y otras medidas de mitigación del coronavirus, algunos han suavizado sus restricciones.

Los viajes esenciales no están limitados a:
- Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes que regresen hacia Estado Unidos
- Individuos que viajan por motivos médicos (ejemplo para recibir tratamiento en EE.UU.)
- Individuos que viajan por motivos de asistencia a instituciones educacionales
- Individuos que viajan por motivos de trabajo esencial en EE.UU.
- Individuos que viajan como parte de personal de emergencia o por razones de salud pública
- Individuos relacionados con el comercio transfronterizo licito
- Individuos en viaje oficial del gobierno o viaje diplomático
- Miembros de las fuerzas armadas de EE.UU., sus cónyuges e hijos que regresan hacia EE.UU. e individuos que viajan por motivos relacionados a las fuerzas armadas y sus operaciones
Cabe mencionar que, tanto ciudadanos como residentes permanentes de Estados Unidos, si pueden cruzar la frontera con las medidas establecidas.
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